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Artículo 6 TRANSITORIO de la Ley 20.309 · Transforma casa de moneda de chile en sociedad anónima

Transforma casa de moneda de chile en sociedad anónima

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 283039 / 7381846.

Texto oficial

Artículo 6º transitorio.- La primera negociación colectiva de carácter no reglada entre los sindicatos legalmente constituidos en la nueva empresa y el directorio de ella, se podrá llevar a cabo a partir del plazo de 120 días contado desde, ocurrido que sea, el primero de los siguientes hechos: el nombramiento del directorio de la empresa o la conformación de los sindicatos de la nueva empresa.