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Artículo 84 de la Ley 16.068 · Aprueba el presupuesto de la nacion para el año 1965

Aprueba el presupuesto de la nacion para el año 1965

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28329 / 7176636.

Texto oficial

Artículo 84.- Autorízase al Presidente de la República para contraer obligaciones en conformidad a lo dispuesto por los artículos 7°, 8°, 9° y 10 de la ley N° 14.171. El monto de estas obligaciones no podrá exceder de las cantidades aprobadas en las cuentas "Préstamos Internos" y "Préstamos Externos" del Presupuesto de Entradas para 1965.