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Artículo 41 de la Ley 16.250

Reajusta sueldos y salarios que indica y modifica los decretos con fuerza de ley y leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28353 / 8945030.

Texto oficial

Artículo 41°.- Reemplázanse en las letras a) del artículo 2°, a) del artículo 12° y g) del artículo 13°, del DFL. N° 353, de 1960, los guarismos "cinco mil escudos (E° 5.000.-)"; "dos mil escudos (E° 2.000,-)", por las siguientes frases, respectivamente: "75 sueldos vitales mensuales escala "A" del departamento de Santiago"; "25 sueldos vitales mensuales escala "A" del departamento de Santiago" y "25 sueldos vitales mensuales escala "A" del departamento de Santiago.".