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Artículo 129 de la Ley 16.250

Reajusta sueldos y salarios que indica y modifica los decretos con fuerza de ley y leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28353 / 8945158.

Texto oficial

Artículo 129°.- Agrégase el siguiente nuevo inciso al artículo 51° de la ley N° 4.174: "A contar desde el año tributario 1965 estarán exentos de la obligación a que se refiere el presente artículo los funcionarios públicos y municipales que por razones inherentes a su cargo estén obligados a residir en propiedades fiscales o municipales."