Texto oficial
Artículo 129°.- Agrégase el siguiente nuevo inciso al
artículo 51° de la ley N° 4.174:
"A contar desde el año tributario 1965 estarán exentos
de la obligación a que se refiere el presente artículo los
funcionarios públicos y municipales que por razones
inherentes a su cargo estén obligados a residir en
propiedades fiscales o municipales."