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Artículo 136 de la Ley 16.250

Reajusta sueldos y salarios que indica y modifica los decretos con fuerza de ley y leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28353 / 8945165.

Texto oficial

Artículo 136°.- Autorízase al H. Consejo de la Caja de Previsión de Empleados Particulares, para destinar los valores que se obtienen por concepto de ventas del desecho de papel inutilizado de esa institución, en beneficio de los fondos del Círculo Mutual del Personal de Servicios Menores, a contar desde la fecha de publicación de la presente ley.