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Artículo 139 de la Ley 16.250

Reajusta sueldos y salarios que indica y modifica los decretos con fuerza de ley y leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28353 / 8945168.

Texto oficial

Artículo 139° Facúltase al Presidente de la República para determinar anualmente, por medio de un decreto supremo, la sobretasa permanente que afecta al valor de las entradas a los espectáculos cinematográficos, establecida en el artículo 33° de la ley N° 14.836, de 26 de Enero de 1962, la que no podrá exceder de 31%