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Artículo 140 de la Ley 16.250

Reajusta sueldos y salarios que indica y modifica los decretos con fuerza de ley y leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28353 / 8945169.

Texto oficial

Artículo 140°.- En el artículo 72.o del Código Tributario agréganse las palabras "adicional, en su caso", después de las palabras "Pago de impuesto global complementario".