Texto oficial
Artículo 151°.- Autorízase al Presidente de la
República para condonar el anticipo de E° 50 otorgado para
Fiestas Patrias al actual personal del Servicio Nacional de
Salud, exceptuando el de la escala Directiva, Profesional y
Técnica. Esta condonación será de cargo del Servicio
Nacional de Salud.