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Artículo 151 de la Ley 16.250

Reajusta sueldos y salarios que indica y modifica los decretos con fuerza de ley y leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28353 / 8945180.

Texto oficial

Artículo 151°.- Autorízase al Presidente de la República para condonar el anticipo de E° 50 otorgado para Fiestas Patrias al actual personal del Servicio Nacional de Salud, exceptuando el de la escala Directiva, Profesional y Técnica. Esta condonación será de cargo del Servicio Nacional de Salud.