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Artículo 3 de la Ley 16.253 · Autoriza el establecimiento de bancos de fomento

Autoriza el establecimiento de bancos de fomento

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28355 · idParte: 8916486

Texto oficial

Artículo 3°- A las sociedades constituídas de acuerdo a esta ley se les aplicará la Ley General de Bancos, salvo los Títulos VI, X y XII, y los artículos 32°, 33°, 36°, 44°, 45°, 63°, 66°, 67°, 68°, 83° y 84°, números 1 a 6 y 8 a 10.