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Artículo 19 de la Ley 16.319 · Crea la comision chilena de energia nuclear

Crea la comision chilena de energia nuclear

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28393 / 8636534.

Texto oficial

Artículo 19°- A la Comisión Chilena de Energía Nuclear le serán aplicables las disposiciones contenidas en el Título III del decreto con fuerza de ley N° 47, de 1959.