Saltar al contenido

Artículo 4 de la Ley 16.320 · Crea plaza de consul particular

Crea plaza de consul particular

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28394 / 5977317.

Texto oficial

Artículo 4°.- El gasto que demande la presente ley se consultará anualmente en la Ley de Presupuesto y el del presente año, se imputará al Presupuesto Corriente en Moneda Extranjera, convertible en Dólares, del Servicio Exterior, Item 06/02/02.