Texto oficial
ART. 137º Todas las personas que sean licenciadas del servicio militar, cualquiera sea la causal, deberán ser ingresadas como tal a la base de datos de la Unidad Base de Movilización.
Si la Unidad que licencia no es Unidad Base de Movilización, remitirá la Ficha de Antecedentes Militares de la persona licenciada a la Unidad Base de Movilización correspondiente.