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Artículo 146 del Decreto 210

Aprueba reglamento complementario del d.l. nº2.306, sobre reclutamiento y movilización de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 284010 / 7417399.

Texto oficial

ART. 146º Se excluyen los descendientes por consanguinidad en línea recta y en línea colateral, ambos hasta el segundo grado inclusive, de las personas a que se refiere el artículo 18º de la ley Nº 19.123, que beneficia a familiares de víctimas de violaciones de los derechos humanos o de violencia política, lo que deberá ser acreditado mediante un certificado extendido por la Oficina encargada de la aplicación de la ley precedentemente señalada.