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Artículo 178 del Decreto 210

Aprueba reglamento complementario del d.l. nº2.306, sobre reclutamiento y movilización de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 284010 / 7417445.

Texto oficial

ART. 178° Los llamados de reservistas al servicio activo para desempeño en las Fuerzas Armadas, se efectuarán por Decreto Supremo propuesto por la Dirección General, previa solicitud presentada por el reservista, aprobada por la respectiva Dirección del Personal, la que elaborará el proyecto de Decreto correspondiente. Estas solicitudes se presentarán de acuerdo al modelo del Anexo N° 13.