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Artículo 8 de la Ley 16.368

Autoriza al servicio de seguro social para vender los terrenos que indica y a la municipalidad de la reina para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28425 / 8282752.

Texto oficial

Artículo 8°.- Autorízase a la Municipalidad de La Reina para contratar con el Banco del Estado de Chile uno o más empréstitos que produzcan hasta la suma de E° 1.500.000-, a un interés no superior al bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.