Texto oficial
Artículo 31° El Fiscal, que será de la exclusiva
confianza del Presidente de la República, será el Jefe del
Servicio Jurídico y velará, especialmente, por el
cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias
que rijan a la Corporación de la Vivienda y tendrá,
además, las atribuciones que determine la Junta.
El personal de abogados y procuradores de la Fiscalía
será nombrado por la Junta, a propuesta del Fiscal.