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Artículo 29 de la Ley 16.406

Aprueba el calculo de entradas y la estimacion de los gastos del presupuesto corriente de la nacion en moneda nacional y en monedas extranjeras reducidas a dolares para en año 1966

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28443 · idParte: 9079549

Texto oficial

Artículo 29.- El ítem 09/01/3-27.5.1 del Ministerio de Educación Pública será excedible en las sumas que se requieran para pagar las subvenciones a la educación gratuita. El ítem 09/01/20 del Ministerio de Educación Pública será excedible en las sumas que se requieran para pagar las cuentas pendientes por servicios efectivamente prestados.