Texto oficial
Artículo 46.- A los organismos a que se refiere el
artículo 208 de la ley N° 13.305, y Municipalidades les
será aplicable el artículo 47 del DFL. N° 47, del año
1959, Orgánico de Presupuestos.
Aprueba el calculo de entradas y la estimacion de los gastos del presupuesto corriente de la nacion en moneda nacional y en monedas extranjeras reducidas a dolares para en año 1966
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