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Artículo 60 de la Ley 16.406

Aprueba el calculo de entradas y la estimacion de los gastos del presupuesto corriente de la nacion en moneda nacional y en monedas extranjeras reducidas a dolares para en año 1966

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28443 · idParte: 9079580

Texto oficial

Artículo 60.- Durante el año 1966 los ítem de los diferentes programas del Servicio de Correos y Telégrafos y de los Servicios del Ministerio de Agricultura, podrán exceder las cantidades asignadas a algunos de sus programas, pero en ningún caso estas operaciones podrán significar un exceso sobre el total resultante de la suma de estos mismos ítem en cada Servicio. La Contraloría General de la República, al término del ejercicio presupuestario, efectuará los traspasos correspondientes para saldar los excesos producidos en los diferentes programas.