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Artículo 4 de la Ley 16.426 · Modifica la ley n° 11.704 sobre rentas municipales

Modifica la ley n° 11.704 sobre rentas municipales

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28458 · idParte: 9045356

Texto oficial

Artículo 4° A contar del 1° de enero de 1966 no se aplicarán a las patentes de automóviles particulares y station wagons y a los impuestos que las afectan, los recargos y reajustes establecidos en los artículos 38° de la ley 14.501, de 21 de diciembre de 1960, y 87°, letra s), de la ley 15.575, de 15 de mayo de 1964.