Texto oficial
Artículo 5° Los impuestos que gravan la primera
patente de los vehículos motorizados no tendrán
alteración, cualquiera que sea la fecha en que los
vehículos salgan al tránsito público.
Modifica la ley n° 11.704 sobre rentas municipales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28458 / 9045357.