Texto oficial
Artículo 8° Las transcripciones de los decretos y
resoluciones que expidan el Presidente de la República, los
Ministros de Estado, los Subsecretarios, los Jefes
Superiores de los Servicios y otros funcionarios, podrán
ser autorizadas por los empleados a los cuales de encomiende
este cometido por decreto supremo o resolución, según el
caso.