Texto oficial
Artículo 9°.- En las futuras ediciones que se hagan de
leyes vigentes, la Editorial Jurídica deberá hacer la
conversión a escudos de aquellas cifras que aparezcan
expresadas en signo pesos.
Crea corte de apelaciones en antofagasta y modifica el código orgánico de tribunales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28468 / 9045416.