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Artículo 11 transitorio de la Ley 16.437 · Crea corte de apelaciones en antofagasta y modifica el código orgánico de tribunales

Crea corte de apelaciones en antofagasta y modifica el código orgánico de tribunales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28468 / 9045418.

Texto oficial

Artículo 11°.- Suspéndese por el término de dos años, a contar de la fecha de publicación de la presente ley, la vigencia de los incisos primero, tercero, cuarto y quinto del artículo 8° de la ley número 14.867, de fecha 4 de Julio de 1962.