Texto oficial
Artículo 6° Créase un Juzgado de Letras de Mayor
Cuantía en el departamento de Isla de Pascua, el que,
además de la competencia ordinaria que le concede la
legislación vigente, conocerá en única instancia de las
materias propias de los Juzgados de Policía Local y de los
Jueces de Distrito y de Subdelegación.