Saltar al contenido

Artículo 10 de la Ley Pascua

Crea el departamento de isla de pascua

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28472 / 8282827.

Texto oficial

Artículo 10° El Secretario del Juzgado de Letras desempeñará también las funciones de Notario y Conservador de Bienes Raíces y de Receptor del Tribunal. El funcionario citado podrá percibir el 25% de las remuneraciones o derechos que establece la ley para estas labores.