Reajusta sueldos y salarios que indica, modifica los d.f.l. y las leyes que señala, suplementa item de la ley de presupuestos vigente, condona valores entregados a diferetes empleados, crea parque metropolitano de santiago, fija normas sobre prevision, normas estabilizadoras de precios de articulos de primera necesidad y otras materias
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28477 / 8767218.
Texto oficial
Artículo 216°- Autorízase a la Dirección de
Servicios Eléctricos y de Gas para recaudar directamente
todos los derechos, gravámenes, multas , depósitos de
garantía y otros pagos que deban efectuarse en virtud de la
Ley General de Servicios Eléctricos, Ley de Servicios de
Gas y sus reglamentos.
Las sumas recaudadas en virtud de esta disposición se
depositarán semanalmente en la Tesorería Comunal que
corresponda.