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Artículo 18 de la Ley 16.466

Reemplaza escala de sueldos para el personal dependiente del ministerio de defensa nacional modifica los d.f.l. y las leyes que señala impuestos a las compraventas y otras convenciones sobre bienes y a los servicios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28479 / 9001009.

Texto oficial

Artículo 18°- Agrégase al artículo 147° del DFL. N° 338, de 1960, el siguiente inciso: "Lo dispuesto en el inciso anterior no será aplicable a las comisiones que se desempeñen en la Secretaría y Administración General del Ministerio del Interior y en el Servicio de Gobierno Interior."