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Artículo 27 de la Ley 16.466

Reemplaza escala de sueldos para el personal dependiente del ministerio de defensa nacional modifica los d.f.l. y las leyes que señala impuestos a las compraventas y otras convenciones sobre bienes y a los servicios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28479 / 9001018.

Texto oficial

Artículo 27.o- Agrégase el Título II, artículo 5.o de la ley N.o 12.851, el siguiente inciso nuevo: "c) Los profesionales ingenieros de la Marina Mercante Nacional egresados de la Escuela Naval "Arturo Prat", al completar un año de práctica a bordo de la naves de la Marina Mercante.".