Texto oficial
Artículo 21°.- Declárase que a los obreros del Ministerio de Obras Públicas les seguirán siendo aplicables las disposiciones de la ley N° 16.464.
Establece auditoria en el servicio de aduanas;modifica la ordenanza general de aduanas;modifica las leyes n.os 15.575, 15.143 y 11.852
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28506 / 7177044.