Texto oficial
Artículo 2°.- El producto de las reuniones extraordinarias de carreras será invertido en la provincia de Magallanes en la siguiente forma:
1.- El 1,21% para la conservación y compra de material para las distintas Compañías de Bomberos de Punta Arenas;
2.- El 1,21% para la conservación de los materiales y compra de nuevos elementos para la Cruz Roja de Punta Arenas;
3.- El 3% para terminar la construcción del Estadio Cerrado del Club Sokol Yogoeslavo de Punta Arenas y, una vez finalizada esta obra, este porcentaje pasará a incrementar los fondos del Ministerio de Obras Públicas, que los destinará exclusivamente para construir primordialmente nuevos gimnasios de deportes en los distintos barrios de Punta Arenas y posteriormente en obras para la ciudad, que se planifiquen por la Dirección de Obras Públicas, y
4.- El 3% para la Sociedad Rural de Magallanes, propietaria del Hipódromo de Punta Arenas, que con estos aportes continuará el plan habitacional para su gremio y sus empleados y para mejorar y renovar totalmente sus instalaciones en esa ciudad.