Texto oficial
Artículo 17°- Suprímese la letra c) del artículo
14° de la ley N° 15.840, pasando las actuales letras d) y
e) a singnarse como c) y d), respectivamente.
Suplementa los item que indica del presupuesto de capital vigente del ministerio de obras publicas y del ministerio de la vivienda y urbanismo. concede asignacion de zona al personal que menciona. dispone que el parque metropolitano de santiago dependera del ministerio de la vivienda y urbanismo. modifica las leyes n.ºs 15.840, 15.676 y 16.426. destina el recurso de los impuestos que indica a los servicios que señala
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