Suplementa los item que indica del presupuesto de capital vigente del ministerio de obras publicas y del ministerio de la vivienda y urbanismo. concede asignacion de zona al personal que menciona. dispone que el parque metropolitano de santiago dependera del ministerio de la vivienda y urbanismo. modifica las leyes n.ºs 15.840, 15.676 y 16.426. destina el recurso de los impuestos que indica a los servicios que señala
Texto oficial
Artículo 19°- Agrégase al artículo 42° de la ley
N° 15.840, a continuación del inciso segundo, el siguiente
inciso:
"Los funcionarios antes indicados podrán delegar, en
igual forma, las demás atribuciones que otras leyes les
confieran."