Texto oficial
Artículo 22°- Suspéndese indefinidamente la
prohibición de efectuar construcciones en conformidad al
DFL. N° 2, de 1959, en la ciudad de Viña del Mar, siempre
que éstas se efectúen de acuerdo a la reglamentación de
dicho DFL.
Suplementa los item que indica del presupuesto de capital vigente del ministerio de obras publicas y del ministerio de la vivienda y urbanismo. concede asignacion de zona al personal que menciona. dispone que el parque metropolitano de santiago dependera del ministerio de la vivienda y urbanismo. modifica las leyes n.ºs 15.840, 15.676 y 16.426. destina el recurso de los impuestos que indica a los servicios que señala
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