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Artículo 24 de la Ley 16.585

Modifica la ley numero 15.076, que fijo el texto refundido del estatuto para los medico-cirujanos, farmaceuticos o quimicos farmaceuticos, bio-quimicos y cirujanos dentistas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28552 / 8831041.

Texto oficial

Artículo 24°.- Libéranse las importaciones señaladas en el artículo anterior del pago de derechos de internación, almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto supremo N° 2.772, de 18 de Agosto de 1943, y sus modificaciones posteriores y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por las aduanas.