Saltar al contenido

Artículo 3 de la Ley 16.592 · Promulga ley que crea direccion de fronteras y limites del estado

Promulga ley que crea direccion de fronteras y limites del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28558 · idParte: 9045470

Texto oficial

Artículo 3° La edición y la circulación de mapas, cartas geográficas u otros impresos y documentos que se refieran o relacionen con los límites y fronteras de Chile no comprometen, en modo alguno, al Estado.