Saltar al contenido

Artículo 17 de la Ley 16.592 · Promulga ley que crea direccion de fronteras y limites del estado

Promulga ley que crea direccion de fronteras y limites del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28558 · idParte: 9045484

Texto oficial

Artículo 17° La comisión de servicio a que se refiere el artículo 147° del decreto con fuerza de ley 338 de 1960, podrá durar hasta un año cuando se trate de funcionarios de la Administración Pública, fiscal, semifiscal, municipal o de las empresas o servicios autónomos del Estado, que fueren designados en comisión para prestar servicios en la Dirección de Fronteras y Límites del Estado.