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Artículo 3 de la Ley 11.302

Autoriza a la municipalidad de peralillo para contratar uno o mas prestamos hasta por la suma de $ 1.100.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 285678 / 8440702.

Texto oficial

Artículo 3.o El producto del o los préstamos se invertirá exclusivamente en la construcción de la red de agua potable de Perailillo, iniciada por el Departamento Cooperativo Interamericano de Obras de Salubridad.