Fija escala de categorias, grados y sueldos de los funcionarios que indica. crea la corporacion denominada servicio de bienestar del magisterio y de los funcionarios dependientes del ministerio de educacion publica. dispone fondos para diversas instituciones. modifica impuestos. modifica leyes y decretos con fuerza de ley que señala. aprueba disposiciones varias. otras materias.
Texto oficial
Artículo 36°.- Para el desempeño en propiedad del
cargo de Rector o Director de establecimientos vespertinos y
nocturnos en la enseñanza secundaria se requerirá el
título de Profesor de Estado y 6 años de servicios en la
Educación Fiscal, a lo menos. En la enseñanza profesional
se exigirán estos requisitos o bien el título de ingeniero
o técnico.