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Artículo 56 de la Ley 16.617

Fija escala de categorias, grados y sueldos de los funcionarios que indica. crea la corporacion denominada servicio de bienestar del magisterio y de los funcionarios dependientes del ministerio de educacion publica. dispone fondos para diversas instituciones. modifica impuestos. modifica leyes y decretos con fuerza de ley que señala. aprueba disposiciones varias. otras materias.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28580 / 8758406.

Texto oficial

Artículo 56°.- Al personal en retiro de la Fábrica y Maestranzas del Ejército (FAMAE) encasillado de acuerdo con el artículo 23° de la ley N° 12.428, no se le aplicará el inciso segundo del artículo 19° de la ley N° 16.258, de 1965. Dicho personal seguirá encasillado en el grado o categoría que se le asignó de conformidad con el citado artículo 23° de la ley número 12.428. Esta disposición regirá a contar del 1° de Enero de 1967.