Texto oficial
Artículo 98°.- Las planillas suplementarias
resultantes de la aplicación de las escalas de los
artículos 1° y 11° no estarán sujetas a imposiciones
previsionales y serán absorbidas por aumentos provenientes
de reestructuraciones.
Fija escala de categorias, grados y sueldos de los funcionarios que indica. crea la corporacion denominada servicio de bienestar del magisterio y de los funcionarios dependientes del ministerio de educacion publica. dispone fondos para diversas instituciones. modifica impuestos. modifica leyes y decretos con fuerza de ley que señala. aprueba disposiciones varias. otras materias.
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