Fija escala de categorias, grados y sueldos de los funcionarios que indica. crea la corporacion denominada servicio de bienestar del magisterio y de los funcionarios dependientes del ministerio de educacion publica. dispone fondos para diversas instituciones. modifica impuestos. modifica leyes y decretos con fuerza de ley que señala. aprueba disposiciones varias. otras materias.
Texto oficial
Artículo 162°.- Concédese un plazo de seis meses,
contados desde la vigencia de la presente ley, para que las
viudas de los imponentes del Servicio de Seguro Social
fallecidos antes del 11 de Diciembre de 1963 se acojan al
beneficio contemplado en el artículo 31° de la ley N°
15.386.