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Artículo 255 de la Ley 16.617

Fija escala de categorias, grados y sueldos de los funcionarios que indica. crea la corporacion denominada servicio de bienestar del magisterio y de los funcionarios dependientes del ministerio de educacion publica. dispone fondos para diversas instituciones. modifica impuestos. modifica leyes y decretos con fuerza de ley que señala. aprueba disposiciones varias. otras materias.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28580 · idParte: 8758610

Texto oficial

Artículo 255°.- Autorízase a la Industria Azucarera Nacional para retener en su propio beneficio el impuesto de la ley N° 12.120, que grava las adquisiciones de remolacha y que la industria retiene a sus vendedores y entera en arcas fiscales por cuenta de ellos, expresamente autorizada por el Servicio de Impuestos Internos. En todo caso, se autoriza a la industria para efectuar estas retenciones en el futuro. Este ingreso no será considerado para ningún efecto tributario.