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Artículo 22 de la Ley 16.623

Modifica leyes y decretos con fuerza de ley. condona pago de impuestos y deudas que indica. otras materias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28584 / 8919109.

Texto oficial

Artículo 22°.- Autorízase al Presidente de la República para que, a través del Ministerio de Tierras y Colonización, ceda a la Municipalidad de Arica, los terrenos fiscales, que a continuación se indican: a) Terrenos ocupados por las construcciones municipales "Mercado Agustín Benedicto" y "Mercado Tucapel"; b) Terreno señalado como sitio 90 del plano del loteo de la Zona Industrial de Arica, necesario para construir las dependencias del Departamento Municipal de Aseo y Jardines, y c) Terreno donde se construye la nueva Planta Telefónica Municipal, en calle Pedro Aguirre Cerda, según el plano N° 81.837, del Ministerio de Tierras y Colonización. En cada uno de los casos señalados anteriormente corresponderá al Ministerio de Tierras y Colonización realizar las tramitaciones necesarias que permitan a la Municipalidad de Arica obtener los títulos de dominio y las inscripciones correspondientes.