Texto oficial
Artículo 3°- La base mínima territorial del sindicato agrícola será la comuna. El Reglamento señalará las normas para la afiliación de los trabajadores que laboran en predios situados en dos o más comunas.
Sindicacion campesina
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28586 / 8762517.