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Artículo 25 (DEL ART. PRIMERO) de la Ley 20.322 · Fortalece y perfecciona la jurisdicción tributaria y aduanera

Fortalece y perfecciona la jurisdicción tributaria y aduanera

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 286151 / 8220358.

Texto oficial

Artículo 25.- La planta de personal de los Tribunales Tributarios y Aduaneros estará constituida por los siguientes cargos y niveles remuneratorios equivalentes a los de la Escala de Sueldos Base Mensuales del personal de estos tribunales, incluidas todas las asignaciones que correspondan a dichos niveles. Cargos N° Cargos Niveles Juez Tributario y Aduanero 18 I Secretario Abogado 18 II Resolutor 38 III–IV-V Profesional Experto 25 III–IV-V Administrativo 22 VI-VII-VIII Auxiliar 18 IX-X-XI Total planta 139 El Jefe de la Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, y del Tribunal de Contratación Pública determinará el nivel de remuneraciones que le corresponderá al resolutor, profesional experto, administrativo y auxiliar. Mediante una resolución, fijará asimismo los criterios objetivos para la determinación del nivel de remuneraciones que le será aplicable a dichos cargos, entre los cuales considerará los años de experiencia laboral y nivel académico. Además considerará, cuando corresponda, las calificaciones obtenidas por el personal, la capacitación pertinente y la experiencia en los niveles respectivos