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Artículo QUINTO de la Ley 20.322 · Fortalece y perfecciona la jurisdicción tributaria y aduanera

Fortalece y perfecciona la jurisdicción tributaria y aduanera

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 286151 / 8220363.

Texto oficial

Artículo quinto.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley Nº 329, de 1979, del Ministerio de Hacienda, que aprueba la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas: 1) Modifícase el artículo 4º, del siguiente modo: a) Elimínanse los números 12 y 16. b) Reemplázase el número 27, por el siguiente: "27.- Ejercer las demás facultades y atribuciones que la Ordenanza de Aduanas y otras leyes entregaban a la Junta General de Aduanas, que no hayan sido asignadas a otros órganos.". 2) Elimínase el número 6 del artículo 15. 3) Elimínanse los números 6 y 7 del artículo 17. 4) Elimínase el artículo transitorio.