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Artículo 3 de la Ley 16.675 · Autoriza a la municipalidad de putaendo para contratar;el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de putaendo para contratar;el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28622 · idParte: 8955706

Texto oficial

Artículo 3°.- El producto del o los empréstitos contratados será destinado por la Municipalidad de Putaendo a los siguientes fines: a) Construcción y terminación del canal Putaendo en sus sectores "Quebrada de Herrera" y "Rinconada de Silva", inclu- yendo las obras de artes necesarias E° 1.000.000 b) Construcción del Teatro Municipal de Putaendo 120.000 TOTAL E° 620.000