Saltar al contenido

Artículo 5 de la Ley 16.702

Establece beneficios en favor de poblaciones que indica ubicadas en terrenos de propiedad de la junta de adelanto de arica y del servicio nacional de salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28637 / 7177467.

Texto oficial

Artículo 5°- Aclárase que la urbanización de la población "25 de Febrero" de la ciudad de Rancagua, a que se refiere el artículo 2° de la ley N° 15.641, es a título gratuito.