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Artículo 15 de la Ley 16.741

Establece normas para saneamiento de los titulos de dominio y urbanizacion de poblaciones en situacion irregular

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28648 / 7177504.

Texto oficial

Artículo 15° Transcurrido el plazo a que se refiere el artículo 3° sin que se haya interpuesto reclamación o desechada ésta por sentencia ejecutoriada, la Corporación de Servicios Habitacionales, con el solo mérito del decreto que declare una población en situación irregular, solicitará al Tribunal la dictación de la resolución a que se refiere el artículo siguiente.